AREA DE IDENTIFICACIÓN Nivel de descripción:: Fondo Código de referencia:: POLICIA-NACIONAL:SR.76 Título:: Policía Nacional FECHAS EXTREMAS: Inicial (FE): 1891 Final (FE): 1905 Volumen:: Nueve (9) legajos. AREA DE CONTEXTO Nombre del Productor: Nombre del productor / Unidad Administrativa / Oficina Productora: Ministerio de Gobierno / Ministerio de Guerra. Historia institucional/biografía:: Aunque durante el gobierno del general Pedro Alcántra Herrán se expidió la ley 8 de 18 mayo de 1841 sobre policía general y durante el gobierno de Carlos Holguín Mallarino se sancionó la ley 90 de 7 de noviembre de 1888 sobre creación de un cuerpo de caracter policial, se ha considerado que la creación de la Policía Nacional se efectuó mediante decreto 1000 de 5 de noviembre de 1891. El artículo 7 de este último decreto dice: "El cuerpo de policía creado por el presente decreto dependerá del Ministerio de Gobierno y de él recibirá directamente ordenes e instrucciones [...]". El artículo 8 dice: "[...] quedan eliminadas las entidades conocidas con los nombres de Policía Departamental, Policía Municipal y Cuerpo de Serenos. La Policía Nacional prestará los servicios de que están actualmente encargadas dichas entidades". El 12 de diciembre de 1891 el Ministerio de Gobierno expidió el Reglamento General del cuerpo de policía mediante el cual se asignaron sus funciones: conservar la tranquilidad pública, proteger propiedades y personas, hecer efectivos los derechos y garantías que la constitución y las leyes reconocen, auxiliar a las autoridades cuando se las desobedezca o falte al respeto, ofrecer gendarmes para conducción de presos o para los servicios de los juzgados y cárceles, conservar la moralidad, el aseo y el ornato públicos, ofrecer medios para prevenir los delitos e impedir que se turbe el orden en las calles, plazas, parques, paseos y teatros. Mediante decreto 230 de 8 de mayo de 1899 se reorganizó el cuerpo de Policía Nacional, al cual se adscribió el cuerpo de bomberos. Tanto el decreto 1000 de 1891 como el 230 de 1899 coinciden en ratificar la dependencia del cuerpo de policía al Ministerio de Gobierno. Esta dependencia se puede atribuir a que a esta rama del poder ejecutivo se habían adscrito --aún antes de la Constitución de 1886-- los asuntos de orden público, administración de justicia y policía fluvial y marítima. Otra razón para esta dependencia fue la supresión en 1894 de los ministerios de Justicia y Fomento cuyas funciones fueron distribuídas entre los restantes, es decir, entre los de Gobierno, Hacienda y Relaciones Exteriores. Dentro de la organización interna del Ministerio de Gobierno, la función de dirección del mencionado cuerpo se encomendó inicialmente a la Sección 1ª. Posteriormente, mediante diferentes leyes y decretos esta función se encomendó a la Sección 2ª. ........ No obstante, el cuerpo de policía se adscribió en repetidas ocasiones al Ministerio de Guerra. Así, por ejemplo, a raíz de la guerra de 1895 y el consecuente "Estado de Sitio" entre el 23 de enero de 1895 y el 21 de enero de 1896, perteneció a este ministerio, hecho que se repitió entre 1902 y 1910. AREA DE CONTENIDO Y ESTRUCTURA Alcance y Contenido:: Este fondo contiene expedientes de empleados o agentes del cuerpo de policía recompensados por servicios, Se observan las diferencias entre la policia nacional y las policía departamentales, también entre las diferentes circunscripciones de policía y las inspecciones de permanencia en cuanto a la aplicación de penas. AREA DE CONDICIONES DE ACCESO Y UTILIZACIÓN Instrumentos de descripción:: Guía. / Catálogo e indices. AREA DE DOCUMENTACIÓN ASOCIADA Localización de los documentos originales:: Colombia. Archivo General de la Nación Bibliografía:: CASTAÑO CASTILLO, Alvaro. La policía su origen y su destino. Bogotá. Cahurt. 1947. MARTINEZ VIRGUEZ, Fabio. La Cartera de Asuntos Interiores en Colombia (Breve reseña histórica). Santafé de Bogotá, D.C., Archivo General de La Nación. s.f. VALENCIA TOVAR, Alvaro. Historia de las fuerzas militares de Colombia. (tomo VI: Policía Nacional). Editorial Planeta. 1993. AREA DE NOTAS Notas:: Aunque los legajos de este fondo tienen una foliación hecha con numerador mecánico --efectuada quiza a finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX-- se decidió volverlos a foliar porque había saltos en la numeración, porque algunos documentos carecían de número u otros lo tenían doble, y porque se consideró pertinente foliar algunas hojas iniciales que si bien no hacen parte de los documentos originales, son hojas agregadas durante los procesos de organización y empaste que, por la información que aportan, sirven a la historia de la conservación y la custodia. No obstante la refoliación se ha conservado el indice que precede a los documentos al comienzo de cada legajo.